¿Qué pasa con las deudas de una persona que fallece?
Y si pierdo a un familiar que debía mucho, ¿soy responsable de sus deudas?
No te sientas mal… todos nos hemos hecho esta pregunta.
El historial crediticio es un reporte que recopila el comportamiento de pago o impago de las personas que solicitaron algún crédito durante su vida. En México existen dos Sociedades de Información Crediticia (SIC), el Buró de Crédito y el Círculo de Crédito, que son las únicas autorizadas para monitorear nuestro historial.
Una de las principales inquietudes para la familia de un fallecido es qué pasará con las deudas que deja esta persona, sobre todo aquellas asociadas a las tarjetas de crédito y préstamos.
Si bien cada banco establece un proceso distinto en caso de muerte de sus clientes, la plataforma de servicios financieros Coru orienta sobre los pasos generales que los familiares deben seguir y los diferentes escenarios que pueden presentarse.
Lo primero es cancelar los plásticos
Es importante saber que las instituciones financieras están obligadas a cancelar una tarjeta de crédito cuando el titular fallece, además eliminan la deuda. En el caso de las tarjetas departamentales, la deuda no necesariamente se condona.
Un adeudo generalmente desaparece por dos razones:
- El tarjetahabiente adquirió un seguro al momento de contratar la tarjeta, que ampara la deuda en caso de fallecimiento.
- El banco condona la deuda en la línea de crédito cuando el titular fallece.
En ambos casos, los familiares no tienen la obligación de cubrir la deuda que había en la cuenta al momento del fallecimiento, pero sí de notificarlo en los siguientes 180 días. En caso de que existan cargos posteriores a la defunción, sí deberán pagarse, lo cual aplica tanto en la tarjeta titular como en las adicionales.
¿Y el historial crediticio?
Cuando algún tarjetahabiente o deudor muere, el banco o financiera emite un aviso al Buró de Crédito, y este pone una “clave de observación” en el registro de esa persona para que no se haga mal uso de su información, por ejemplo, en caso de suplantación de identidad.
EGI
Leave a Reply